- Es RUQUTU (rocoto en quechua)
5 de mayo de 2010
Requisitos para el registro sanitario
Con el fin de brindarles un servicio de calidad, salubridad y excelencia hemos iniciado un trámite con DIGESA (organismo gubernamental encargado de la direccion de salud ambiental) para obtener el registro sanitario de nuestros productos denominados como Mermeladas Regionales. Estos requerimientos aseguran la calidad, garantía y la inocuidad de nuestras mercancias. A continuación, se muestran los requisitos que nuestra empresa debe seguir y cumplir para obtener dichos requisitos en el área de alimentos y bebidas de consumo humano. Según establecen las leyes:
- Ley Nº 26842, Ley General de Salud, Art. 91º, del 20/07/97
- D.S. Nº 007-98-SA, Art. 105º, Cuarta Disposición Transitoria y Final, del 25/09/98
- Ley Nº 27821, Ley de Promoción de Complementos Nutricionales para el Desarrollo Alternativo, Art. 3º, del 16/10/02. Ley N° 28405, Art. 9°
- Ley N° 716, Ley de Protección del Consumidor.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CONSUMO HUMANO. |
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DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL (DIGESA) (http://www.digesa.minsa.gob.pe/expedientes/detalles.aspx?id=28) sitio web oficial de DIGESA; contiene información sobre sobre los requisitos para el registro sanitario de alimentos y bebidas de consumo humano (consulta: 24 de Abril del 2010).
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