5 de mayo de 2010

Nombre comercial del producto bandera


  • Es RUQUTU  (rocoto en quechua)

Lugar del funcionamiento de la empresa


Calle Strauss N°605 San Borja

Requisitos para el registro sanitario


Con el fin de brindarles un servicio de calidad, salubridad y excelencia hemos iniciado un trámite con DIGESA (organismo gubernamental encargado de la direccion de salud ambiental) para obtener el registro sanitario de nuestros productos denominados como Mermeladas Regionales. Estos requerimientos aseguran la calidad, garantía y la inocuidad de nuestras mercancias. A continuación,  se muestran los requisitos que nuestra empresa debe seguir y cumplir para obtener dichos requisitos en el área de alimentos y bebidas de consumo humano. Según establecen las leyes:
  • Ley Nº 26842, Ley General de Salud, Art. 91º, del 20/07/97
  • D.S. Nº 007-98-SA, Art. 105º, Cuarta Disposición Transitoria y Final, del 25/09/98
  • Ley Nº 27821, Ley de Promoción de Complementos Nutricionales para el Desarrollo  Alternativo, Art. 3º, del 16/10/02. Ley N° 28405, Art. 9°
  • Ley N° 716, Ley de Protección del Consumidor.

REQUISITOS PARA EL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CONSUMO HUMANO.



  1. Formato dirigido al Director Ejecutivo de Higiene Alimentaria y Zoonosis,  con carácter de Declaración Jurada, que contenga Nº de RUC, firmada por el Representante Legal.

  2.  
    Resultado de los análisis físicos, químicos y microbiológicos del producto terminado, confirmando su aptitud de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente, otorgado por un laboratorio acreditado o del laboratorio de control de calidad de la fábrica.

  3.  
    Certificado de Libre Comercialización o similar o Certificado Sanitario emitido por la Autoridad Competente del país de origen, en original o copia refrendado por el consulado respectivo, cuando el alimento o bebida sea importado.

  4.  
    Rotulado de los productos etiquetados.

  5.  
    Los Alimentos y Bebidas de regímenes especiales, deberán señalar sus propiedades nutricionales, acompañando del correspondiente análisis bromatológico practicado por laboratorio acreditado por INDECOPI.

  6.  
    Declaración Jurada de ser MYPE, cuando corresponda.

  7.  
    Certificado de Validación de recurso y producto natural, para su uso en salud otorgado por CENSI. (Requisito Eliminado)

  8.  
    Comprobante de Pago de Derecho de Trámite. 




DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL (DIGESA) (http://www.digesa.minsa.gob.pe/expedientes/detalles.aspx?id=28) sitio web oficial de DIGESA; contiene información sobre sobre los requisitos para el registro sanitario de alimentos y bebidas de consumo humano (consulta: 24 de Abril del 2010).