2 de julio de 2010

PRINCIPAL CLIENTE DE SU PRODUCTO BANDERA (NACIONAL Y / O INTERNACIONAL)

Nuestro principal cliente es Plaza Vea de las sedes que pertenecen al distrito de San Borja, especialmente el supermercado de la Av. Angamos Este 2337. Esto se debe a que nuestra empresa queda en San Borja, es por ello, que nos es más cercano y práctico transportar nuestros productos a dicho local.  

POSIBLE CARTERA DE CLIENTES

Para saber nuestros posibles clientes es importante conocer sus gustos, sus frecuencia de consumo, su nivel de ingresos, la calidad de producto que requieren y porque razón están interesados en nuestro producto. Nuestros clientes son, en su mayoría, pastelerías, panaderías, restaurantes, hoteles y supermercados.

Pastelerías, panaderías y restaurantes:
- Pastelería Don Mamino


Sucursal de San Isidro Avenida Conquistadores, 790 - San Isidro - Lima Tlf: (1) 344-4004
Sucursal de La Molina Jirón Las Caobas - Esq. Con Los Bambúes, El Remanso - La Molina - Lima Tlf: (1) 344-4004 Tlf: (1) 316-1016
Sucursal de Santiago De Surco Avenida Caminos Del Inca - Esq. Con Velasco Astete, Urb. Las Gardenias - Santiago De Surco - Lima Tlf: (1) 344-4004
Sucursal de Santiago De Surco Avenida Prolongación Primavera, 1803 - Monterrico - Santiago De Surco - Lima Tlf: (1) 344-4004

- Pastelería San Antonio








Av. Angamos Oeste Nro. 1494, Distrito Miraflores – Lima Teléfonos: 6261302 / 6261307 / 6261307 / 4518319
- Pastelería Pastipan: 







Sucursal de Santiago De Surco Calle Galicia, 106 - Higuereta - Santiago De Surco Lima Tlf: (1) 449-2000 Tlf: (1) 449-0638 Tlf: (1) 449-0598

- Café restaurante La Baguette:






Pardo y Aliaga 456 San isidro Tel: 2227878
Salaverry 3134 Magdalena Tel: 2641223
CC Plaza San Miguel Tel: 5660858
CC Boulevard Asia Tel: 5302493

- Panadería y restaurante la casa del pan: 


Av. Sanchez Carrion Mza. a Lote. 25 A.h. 28 de Julio

- Panadería Pan Criollo:
Av. Aviación 2867 - Av. Aviación 3339 - San Borja - Delivery 4754916 - contacto@elpancriollo.com

- Pastelería panadería VLADY: 




Jr Junin 494 Distrito Miraflores – Lima Tel: 444 – 2348 Página: http://www.vlady.com.pe/

- Pastelería panadería Sweet Garden




Av : 28 de julio 1301Urb Aurora Distrito: Miraflores – Lima Tel:242-4848

HOTELES:

HOTEL LOS DELFINES




Los Eucaliptos 555 San Isidro. Lima 27, Perú
T.(51-1) 215.7000 

- Hotel Marriot  

 






Malecón de la reserva 615 Miraflores – Lima Tel: 511 217 7000

- Hotel Golf los Incas












Av. Cerros de camacho – 500 Surco Lima – Perú telefono: (511) 437 7701

SUPERMERCADOS:
METRO





Cal. Calle Las Tiendas 290 – Surquillo - Lima
Av. Avenida Tomas Valle - - Prov. Const. Del Cal / Prov. Const. Del Callao
Av. Avenida Aviacion Y Esq.av.angamos Sn - Lima / Lima / San Borja
Av. Avenida Paseo De La Republica 3440 - Lima / Lima / San Isidro
Av. Avenida Proceres De La Independ. Cd16 - Lima / Lima / San Juan De Lurigancho
Av. Avenida De Los Heroes - - Lima / Lima / San Juan De Miraflores
Av. Avenida De Los Heroes 100 - Lima / Lima / San Juan De Miraflores
Teléfonos: 2410666 / 6260000 

WONG:











Av. Avenida Monte Bello 150 - Lima / Lima / Santiago De Surco
Av. Avenida Alfredo Benavides 5250 - Lima / Lima / Santiago De Surco
Cal. Calle Las Tiendas 290 - Lima / Lima / Surquillo
Av. Avenida Santa Cruz 771 - Lima / Lima / Miraflores
Cal. Calle Ucello 162 - Lima / Lima / San Borja
Av. Avenida Paseo De La Republica 3440 - Lima / Lima / San Isidro
Av. Avenida Canaval Y Moreyra 520 - Lima / Lima / San Isidro
Cal. Calle Augusto Tamayo 125 - Lima / Lima / San Isidro
Teléfonos: 2410666 / 6260000

PLAZA VEA









Av. Benavides cdra 51 s/n Santiago de Surco
Calle Remington 151 – 159 San Borja
Av. Angamos Este 2337 San Borja
Av. Javier Prado Este 2060 San Borja






1 de julio de 2010

REQUISITOS Y TIPOS DE CERTIFICACIONES PARA LA EXPORATACIÓN DEL PRODUCTO A ESPAÑA

Código del producto: 20071091

Requisitos Generales

• Factura comercial: debe contener cantidad, peso y descripción del producto.
• Declaración del valor en aduana
• Documentos de transporte
• Lista de carga
• Seguro de transporte
• Documento único administrativo

Requisitos Específicos
1. Control sanitario de los productos alimenticios de origen no animal 
 Principio general y requisitos de la legislación alimentaria:
Trazabilidad: El Reglamento define la trazabilidad como la capacidad de encontrar y seguir a través de los alimentos e ingredientes de todas las etapas de producción, transformación y distribución.

- Normas generales de higiene de productos alimenticios:

Las normas de higiene de los alimentos deben ser respetados por los operadores de empresas alimentarias de terceros países:

Obligación general del operador para supervisar la seguridad alimentaria de los productos y procesos bajo su responsabilidad. Disposiciones generales de higiene de la producción primaria y los requisitos detallados para todas las etapas de producción, transformación y distribución de alimentos. Los criterios microbiológicos para determinados productos.

Procedimientos basados en el Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC). Aprobación y registro de los establecimientos.

- Condiciones generales relativas a los contaminantes en los alimentos:
Sustancias contaminantes pueden estar presentes en los alimentos como resultado de las diferentes etapas de su producción y comercialización, o debido a la contaminación del medio ambiente. Desde que representan un riesgo real para la seguridad alimentaria, la UE ha tomado medidas para minimizar el riesgo mediante el establecimiento de niveles máximos de determinados contaminantes en los productos alimenticios.

a) Los niveles máximos de determinados contaminantes en los productos alimenticios:

Ciertos productos alimenticios (es decir, frutas, verduras, frutos secos, cereales, zumos de frutas, etc.) no deben, cuando se comercialicen en el mercado, contener altos niveles de contaminantes distintos de los especificados en el Reglamento (CE) no 1881/2006 (DO L-364 20 / 12/2006) (CELEX 32006R1881).

Este Reglamento se aplica a cuatro diferentes categorías de contaminantes: nitratos, las aflatoxinas, metales pesados (plomo, cadmio, mercurio) y 3-1-monocloropropano, 2diol (3-MCPD), etc.

Los niveles máximos de contaminantes afectan a la parte comestible de los alimentos sino también con los ingredientes utilizados para la producción de alimentos compuestos.

b) Los niveles máximos de residuos de plaguicidas en los alimentos:

Los Estados miembros podrán restringir la puesta en el mercado en su territorio de determinados productos que contienen residuos de plaguicidas, si la cantidad de estos residuos supera los niveles máximos permitidos que supongan un riesgo inaceptable para los seres humanos. Estos límites dependen de la toxicidad de la sustancia en cuestión.

Reglamento (CE) n º 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L- 70 16/03/2005) (CELEX 32005R0396) establece límites máximos armonizados de residuos de plaguicidas para los productos agrícolas y sus partes, destinados a la alimentación que sean utilizados como frescos, transformados y / o alimentos compuestos, en la medida en que puedan contener residuos de plaguicidas.

c) Los niveles máximos de contaminación radiactiva de los productos alimenticios:

Establecen los niveles máximos permitidos de contaminación radiactiva de los productos alimenticios (ya sea inmediatamente o después de su transformación), que pueden ser puestos en el mercado a raíz de un accidente nuclear o cualquier otro caso de emergencia radiológica.

Disposiciones Especiales de alimentos genéticamente modificados:

Los nuevos alimentos (es decir, los alimentos e ingredientes alimentarios que no se han utilizado para el consumo humano en un grado significativo dentro de la UE antes del 15 de mayo de 1997) deben someterse a una evaluación de seguridad antes de su puesta en el mercado de la UE.

Las compañías que quieren poner un nuevo alimento en el mercado de la UE deberán presentar la solicitud al organismo competente de un Estado miembro a efectos de evaluación de riesgos. Como resultado de esta evaluación, se tomará una decisión de autorización. La decisión de autorización define el alcance de la autorización, las condiciones de uso, la denominación del alimento o ingrediente alimentario, sus especificaciones y los requisitos de etiquetado. Específico.

- Condiciones generales de la elaboración de alimentos:

La legislación de la UE establece las normas relativas al tratamiento de los productos alimenticios, ingredientes alimenticios y sus condiciones de uso con el fin de proteger la salud de los consumidores y garantizar la libre circulación de los productos alimenticios en el mercado de la Unión Europea.

Además, las disposiciones específicas para grupos de alimentos están establecidas en las Directivas específicas. Estos incluyen los requisitos de composición, condiciones de higiene, la lista de aditivos, los criterios de pureza, requisitos específicos de etiquetado, etc.

Control oficial de productos alimenticios:

La autoridades competentes de los Estados miembros llevarán a cabo controles regulares de los alimentos importados de origen no animal para garantizar que cumplen con las normas sanitarias generales la UE destinadas a proteger la salud y los intereses de los consumidores.

El control se puede aplicar a la importación en la UE y a cualquier otra etapa de la cadena alimentaria (producción, transformación, almacenamiento, transporte, distribución y comercio) y puede incluir un control documental sistemático, un control de identidad aleatorio, y, en su caso, un control físico.

2. Etiquetado de productos alimenticios  Todos los productos alimenticios comercializados en la Unión Europea (UE) deben cumplir con las normas de etiquetado de la UE, cuyo objetivo es garantizar que los consumidores reciban toda la información esencial para tomar una decisión informada al comprar sus alimentos.

Además de estas leyes, también hay información adicional que pueda ser incluido por los fabricantes de manera voluntaria, siempre que se precisa y no inducir a error al consumidor. Por ejemplo, el etiquetado nutricional no es obligatoria a menos que una declaración nutricional (por ejemplo, "" bajo en grasa, "rico en fibra") se celebra en la etiqueta o en la publicidad.

Las normas generales sobre etiquetado de alimentos

Las etiquetas de los productos alimenticios de acuerdo a las normas generales establecidas deben contener los siguientes datos:

- El nombre con el que se vende el producto, ninguna marca, nombre comercial o de fantasía puede sustituir el nombre genérico, sino más bien puede utilizarse como complemento. Datos acerca de la condición física del producto alimenticio o del tratamiento específico que ha sufrido (en polvo, liofilizado, congelado, concentrado, ahumado, irradiado o tratado con radiación ionizante) deben incluirse en que la omisión de tal puede confundir al comprador.

- La lista de ingredientes, precedido por la palabra "ingredientes", debe mostrar todos los ingredientes (incluidos los aditivos) en orden descendente de su peso en el momento de su utilización en la fabricación y designada por su nombre específico.

- La cantidad neta de los productos alimenticios envasados en unidades métricas (litro, el centilitro, mililitro) para los líquidos y (kilogramo, gramo) por falta de líquidos.

- La fecha de duración mínima, formada por el día, mes y año en ese orden y precedidos por las palabras "mejor antes" o "consumir preferentemente antes del fin" o la "utilización por" la fecha para productos altamente perecederos.

- Las condiciones especiales de mantenimiento o uso.
- El nombre o razón social y dirección del fabricante, envasador o el importador establecido en la UE.
- Lugar de origen o de procedencia
- Instrucciones de uso, en su caso.
- Estas indicaciones deberán figurar en el envase o en una etiqueta adherida a los productos alimenticios preenvasados. En el caso de los productos alimenticios envasados previamente destinados a colectividades (productos alimenticios se venden a granel), los datos del etiquetado obligatorio debe figurar en los documentos comerciales, mientras que el nombre con el que se vende, la fecha de caducidad o fecha de caducidad y el nombre del fabricante deberán figurar en el envase exterior.

- El etiquetado no debe inducir a error al comprador sobre las características del producto alimenticio o de efectos ni atribuir el producto alimenticio propiedades especiales para la prevención, tratamiento o curación de una enfermedad humana. La información proporcionada por las etiquetas deben ser fáciles de comprender, fácilmente visible, claramente legible e indeleble y deberán presentarse en la lengua oficial (s) del Estado miembro donde se comercialice el producto. Sin embargo, el uso de términos o expresiones extranjeras fácilmente comprensible por el comprador pueden ser permitidos.

3. Gravámenes :7% IVA

4. Derecho de aduana: 15%

REQUISITOS PARA VENTA Y DISTRIBUCIÓN DEL PRODUCTO

Autorización sanitaria emitida por DIGESA (número de habilitación). Cumplir con los requisitos de envasado y rotulado del producto.

Almacenamiento:
El almacenamiento de la mermelada deberá ser en lugares frescos, secos, oscuros, limpios y con circulación de aire para mantener el producto en buen estado.
Deberán ubicarse sobre tarimas o estantes separados de las paredes para permitir la correcta higienización de la zona.
Deben estar protegidos contra la entrada de roedores y animales para evitar la contaminación del lugar.

Criterios de calidad:
El producto final deberá tener una consistencia gelatinosa adecuada, con el color y el sabor apropiados para el tipo o clase de fruta utilizada como ingrediente en la preparación de la mezcla, tomando en cuenta cualquier sabor impartido por ingredientes facultativos o por cualquier colorante permitido utilizado. El producto deberá estar exento de materiales defectuosos normalmente asociados con las frutas.

Defectos y tolerancias para las confituras:
Los productos regulados por las disposiciones de esta Norma deberán estar en su mayoría exentos de defectos tales como la presencia de materia vegetal como: cáscara o piel (si se declara como fruta pelada), huesos (carozo) y trozos de huesos (carozo) y materia mineral.

Aceptación del lote:
Se considerará que un lote cumple los requisitos pertinentes de calidad cuando el número de envases “defectuosos”, no sea mayor que el número de aceptación del correspondiente plan de muestreo.

Llenado Mínimo del envase:
El envase deberá llenarse bien con el producto que deberá ocupar no menos del 90% de la capacidad de agua del envase (menos cualquier espacio superior necesario de acuerdo a las buenas prácticas de fabricación). La capacidad de agua del envase es el volumen de agua destilada a 20ºC, que cabe en el envase cerrado cuando está completamente lleno.


DETERMINACION DE LOS PUNTOS DE CONTROL CRITICO EN LA PREPARACION DEL PRODUCTO BANDERA: (x CONTROL Y P MEDIDAS PREVENTIVAS)

X: Al momento del lavado de la fruta

P :Uso de desinfectante o cloro, con las medidas necesarias para no excederse en cantidad, y realizado por personal capacitado.

X: En el azúcar al no ser colada cabe la posibilidad de presencia de algun peligro físico como piedritas, hilos, algun metal, etc.

P: Uso de algun tipo de malla, filtro o imanes para eliminar el riesgo físico o una mejor selección de proveedores que nos garantice un producto inocuo.

FLUJOGRAMA DE LA PREPARCION DEL PRODUCTO BANDERA

ETIQUETADO DEL PRODUCTO BANDERA

ETIQUETA: